¡¡ESTE POST ES MERAMENTE ORIENTATIVO, PARA SABER CUÁLES SON TUS CONDICIONES COMO JINETE O PROPIETARIO DURANTE EL ESTADO DE ALARMA, POR FAVOR, CONSULTA A TU CENTRO HÍPICO!!
El pasado 3 de mayo salió el BOE que el mundo de la equitación estaba esperando, en el cual se hace referencia a la vuelta a la actividad deportiva a partir del 4 de mayo. En él se concreta qué deportes pueden retomar la rutina de ejercicio y en qué condiciones y se contempla la hípica como uno de ellos. Ahora bien, ¿sabemos bien en qué condiciones podemos volver a ver a nuestros caballos? En este post os explico de manera más o menos orientativa de cómo podría ser este proceso y los artículos de la nueva orden que nos interesan a nosotros como jinetes.
DEPORTISTAS PROFESIONALES
En resumen, lo explicado en el artículo 8 del Capitulo III de la Orden SND/388/2020, los deportistas profesionales o considerados de alto rendimiento por el Consejo Superior de deportes, podrán realizar sus entrenamientos en espacios al aire libre dentro de su provincia de manera individual, con ayuda de un entrenador si es necesario (siempre que se respeten las medidas de distanciamiento social de seguridad y de higiene para evitar contagios) y, en el caso de los deportistas que practiquen deporte adaptado, podrán estar acompañados de otro deportista que les ayude en su actividad física, llevando ambos mascarilla y aplicando las medidas de higiene que consideren oportunas.
No tienen limitaciones horarias ni de duración, los tiempos de entrenamiento serán los necesarios para el mantenimiento adecuado de la forma física de los atletas.
Para los profesionales, cada federación tendrá que emitir acreditaciones para los deportistas que cumplan los requisitos correspondientes para considerarse de alto nivel y poder desarrollar sus actividades como se explica en este artículo.
DEMÁS DEPORTISTAS FEDERADOS
Según el artículo 9 del Capitulo III de la Orden SND/388/2020, el resto de deportistas que cuenten con licencia deportiva podrán realizar la actividad deportiva en los horarios de 06:00 a 10:00 y de 20:00 a 23:00 de forma individual y en espacios al aire libre dentro del límite municipal de residencia. Pero, en el caso de practicar deporte con animales (como es nuestro caso), podemos movilizarnos al lugar donde este estabulado nuestro caballo, siempre que pidamos «cita previa» con nuestro club, se realice de manera individual y en el mismo periodo horario.
Para los deportistas federados de modalidades adaptadas, las condiciones serán las mismas que las explicadas en el artículo 8.
A diferencia de los deportistas profesionales, los demás deportistas federados no podrán contar con la asistencia de un entrenador o personal auxiliar durante el entrenamiento y deberán llevar consigo la acreditación federativa correspondiente.
Una vez explicados los artículos de la Orden Ministerial del 3 de mayo, vamos a hacer una interpretación de cómo deberíamos actuar en nuestros centros para el buen uso de las instalaciones (CONSULTA CON TU HÍPICA SUS PROPIAS CONDICIONES):
1. Los centros hípicos deberían estar abiertos a los federados dentro de la franja de horarios explicados anteriormente (sé que son unos horarios un poco raros, sobretodo para nuestros caballos).
2. Será necesario hablar y pedir cita previa con los responsables del centro antes de ir a las instalaciones para cuadrar horarios con otros usuarios y así esperar tu llegada.
3. Para ir a las instalaciones y montar es necesario llevar con nosotros la licencia federativa.
4. Es imprescindible guardar la distancia social de seguridad de dos metros durante la actividad deportiva y en las zonas comunes del centro.
5. Será necesaria la desinfección y limpieza de las zonas comunes (guadarnés, baños, etc.) y equipamiento usado para la práctica de la equitación.
6. Las actividades realizadas en el centro se tendrán que desarrollar con el uso de mascarilla y guantes.
Recuerdo que estos puntos explicados anteriormente son simplemente orientativos de cómo se podría desarrollar la actividad hípica en los centros hípicos. Dependiendo de la gestión de la dirección del club estos pueden variar, pueden haber más o menos condiciones de las expuestas en este post e incluso haber variaciones.
También debemos tener en cuenta el bienestar de nuestros caballos. Algunos han dejado de tener su actividad física habitual durante algo más de mes y medio y debemos recuperar la rutina previa al Estado de alarma poco a poco para evitar problemas o lesiones no deseadas… ¡No debemos tener prisa!
Ahora que podemos disfrutar de tiempo con nuestros caballos, debemos ser responsables y cuidarnos los unos a los otros.
Un abrazo,
Silvia
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